Esta revisión agrega una definición y estándares para vehículos de pasajeros eléctricos puros de micro-tamaño y baja-velocidad, administrándolos como una subcategoría de vehículos de pasajeros puramente eléctricos. Estipula que este tipo de vehículo no debe tener más de 4 asientos, una longitud/ancho/alto no superior a 3500/1500/1700 mm y un peso en vacío no superior a 750 kg. En términos de potencia, requiere una velocidad máxima inferior a 70 km/h, una autonomía no inferior a 100 km, un tiempo de aceleración de 0 km/h a 30 km/h no superior a 10 segundos, una velocidad de ascenso no inferior a 20 km/h en una pendiente del 4% y una velocidad de subida no inferior a 10 km/h en una pendiente del 12%. En cuanto a la densidad de energía de la batería, requiere nada menos que 70Wh/kg.
Además, con respecto a la seguridad de los vehículos de pasajeros puramente eléctricos de microbaja-velocidad, el borrador para comentarios también establece requisitos claros en áreas como pruebas de frenado, pruebas de choque y pruebas de choque simuladas de batería. Algunos analistas señalan que este borrador para comentarios creará una nueva categoría de vehículos "microeléctricos", regulará eficazmente la calidad del producto de los microvehículos de pasajeros eléctricos puros de baja-velocidad, desempeñará un papel positivo en el desarrollo saludable de la industria de los vehículos microeléctricos y facilitará su integración integral en el sistema de gestión de vehículos de motor desde los aspectos de producción, ventas y uso, a fin de lograr el objetivo de garantizar la seguridad pública.





